Estos patinadores destapan un vacío en el reglamento de tránsito de CDMX: no hay sanción por meterse a vías rápidas en bici o patines

Estos patinadores destapan un vacío en el reglamento de tránsito de CDMX: no hay sanción por meterse a vías rápidas en bici o patines
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Esta semana fue difundido un video de redes sociales en el que se aprecia a un grupo de patinadores desplazándose sobre un bajo puente de Río Mixcoac, en la Ciudad de México. En un momento de la grabación se observa que una de las patinadoras pierde el control y cae a la cinta asfáltica, justo en el carril en el que transitaban automóviles, inclusive, el conductor del vehículo logró frenan antes de que sucedería una desgracia.

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Ante ello, conductores opinaron en redes sociales que no se debería permitir que ni patinadores, ni ciclistas, invadan los carriles vehiculares, pues ponen en riesgo su vida y la del resto de los usuarios de las vialidades.

Por su parte, el jefe de la Policía capitalina, Pablo Vázquez, comentó que buscarán un diálogo con colectivos de este gremio: "vamos a sensibilizar a la gente sobre los riesgos. Lo que vimos en este video es una conducta de alto riesgo. En los próximos días nos vamos a estar reuniendo con patinadores para que nos ayuden y también informarles los riesgos, así como de las de las implicaciones que pueden tener conductas similares en faltas administrativas".

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El funcionario indicó que el ingreso de las bicicletas y patines está prohibido en las vías de acceso controlado, como lo es Río Mixcoac. De momento, esta acción que quedó registrada en video no contempla alguna sanción administrativa en específico, pero la Secretaría de Movilidad abordará el tema. Por lo pronto, el jefe de la Policía de la CDMX aseguró que implementarán acciones de prevención para evitar que los ciudadanos accedan a estas vialidades en bicicletas o patines.

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El reglamento de tránsito de la CDMX señala que cualquier vehículo no motorizado, incluidos aquellos de tracción humana y de propulsión eléctrica, que circulen a menos de 25 km/h, tienen derecho a ocupar un carril completo en las calles que no disponen de infraestructura ciclista específica. Esto implica que en las vías donde no hay carriles dedicados para ciclistas, los usuarios de vehículos no motorizados pueden usar el carril de tráfico general, siempre respetando las reglas de circulación y dando prioridad a los peatones.

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Por supuesto que existen restricciones importantes para la circulación de vehículos no motorizados en las vías primarias de acceso controlado, lo que significa que los ciclistas y usuarios de otros vehículos no motorizados no pueden circular por los carriles centrales o interiores de las vías de acceso controlado, a menos que haya señalización que lo permita.

Además, el reglamento de tránsito señala que los usuarios de vehículos no motorizados, que incumplan con las reglas, serán amonestados verbalmente por agentes de tránsito, únicamente tendrán un apercibimiento, es decir no serán acreedores a otra sanción.

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