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Multa por ponerle alerón a tu carro en CDMX: un error que puede costar miles de pesos

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Pablo Monroy

En el estricto sentido de funcionalidad, instalar un alerón en la parte trasera de un coche de volumen, sin ninguna aspiración deportiva, no aporta absolutamente nada positivo a su desempeño en términos aerodinámicos, es más, altera su buena aerodinámica de fábrica, pues cuando el aire llega a esa zona puede crear incluso un lastre, que se traducirá en un mayor consumo de combustible.

El espíritu de un alerón en la parte trasera, cuando un coche lo equipa de serie, es agregar carga aerodinámica (mas no peso) al eje trasero, lo cual permitiría mantener las ruedas pegadas al piso. Pero esa fórmula únicamente funciona cuando se trata de un coche deportivo o superdeportivo, pues para generar esa carga aerodinámica se requiere cierta velocidad para lograrlo, la cual es considerable.

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Es más, a menos de que se trate de un Porsche 911 GT3 o de otras variantes claramente orientas a un circuito, lo cierto es que podemos ver un 911 sin alerones traseros porque no los necesita para el día a día, pues colocarlos requiere de mucha ingeniería para que sean funcionales.

Dicho lo anterior, si a tu coche le quieres poner un alerón es tu decisión, aunque sea meramente un asunto estético. En ese sentido, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México no prohíbe en el estricto sentido instalar un alerón trasero en el coche, pero lo que sí debes tomar en cuenta es que las dimensiones y altura no debe entorpecer la visibilidad del vidrio trasero, a través del espejo retrovisor.

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Al respecto, el reglamento de tránsito capitalino señala en el Artículo 38 Fracción II, que los conductores de vehículos motorizados se les prohíbe llevar objetos que obstruyan la visibilidad del conductor o lo distraigan, por lo que si esto sucede, habrá sanción.

Asimismo, el Artículo 42 indica que los conductores deben cerciorarse de que el parabrisas se encuentra en óptimas condiciones y permite la visibilidad al exterior e interior. Aunque el segundo habla únicamente del vidrio frontal, el artículo 38 hace referencia a la visibilidad general, y un alerón podría restringir la visibilidad a través del medallón, por lo que podrías ser sancionado. En otras palabras, es una multa económica que va de 585.55 a 1,173.10 pesos.

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