Si un ciclista va en sentido contrario y hay un percance, ¿quién es responsable? Esto dice el Reglamento de Tránsito

Si un ciclista va en sentido contrario y hay un percance, ¿quién es responsable? Esto dice el Reglamento de Tránsito
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La movilidad en dos ruedas ha ido en aumento, esto debido a las grandes cantidades de congestionamiento vial que se generan a través del tráfico en las ciudades más importantes de México.

Cada día los accidentes de ciclistas tienen suma relevancia dentro de las encuestas realizadas por las empresas aseguradoras, algo que nos lleva a cuestionarnos lo siguiente

Ciclista Vialidad Movilidad

Si un ciclista va en sentido contrario y hay un percance, ¿de quién es la culpa?

El artículo 63 del Reglamento de Tránsito, específica que solo podrán circular en sentido contrario los vehículos de emergencia como (ambulancias, camiones de bomberos y/o patrullas), si se presenta una emergencia pública.

En pocas palabras, la responsabilidad será del ciclista. Todos los vehículos (sean autos, motocicletas o bicis) deben respetar siempre el sentido de la calle en la que circulen, de modo que si un ciclista tiene un percance mientras circula en sentido contrario, no se encuentra amparado de ninguna forma y, de hecho, debe hacerse responsable de los daños causados.

Todos los usuarios que conduzcan algún vehículo tienen que seguir el Reglamento de Tránsito, mismo que cuenta con derechos y apartados dedicados hacia el automovilista, motociclista y ciclista.

La Secretaria de Movilidad de la Ciudad de México, SEMOVI pone a disposición de la ciudadanía la Guía Ciclista de la CDMX, misma en donde encontrarás toda la información necesaria para poder circular de manera segura y eficaz a bordo de una bicicleta.

Guia Del Ciclista CDMX

A continuación te dejamos los derechos como ciclista:

1. Puedes utilizar el carril completo de la vialidad.

2. Tienen la preferencia al momento de dar vuelta sobre los vehículos automotores.

3. Ante una infracción ameritará una amonestación verbal de parte del agente de tránsito, en caso de embestir a un peatón se remitirá al juez cívico.

4. Los ciclistas deberán ser rebasados por otros vehículos a una distancia de 1.5 metros.

5. Las ciclovías deberán permanecer libres de uso exclusivo para ciclistas.

6. Ante una intersección y/o semáforo, los ciclistas pueden pasar siempre y cuando no obstruyan el paso de otro vehículo o un peatón.

Ahora conoces que puedes y que no debes de hacer al momento de circular a bordo de una bicicleta.

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