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¿Un menor de edad sin licencia puede manejar en México en una emergencia? Esto dice la ley

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Pablo Monroy

Todos nos hemos enfrentado a algún tipo de urgencia que nos obliga a realizar acciones que pudieran comprometer nuestra seguridad, como trasladar a algún familiar que esta pasando por una emergencia médica, sin embargo, cuando se trata de utilizar el vehículo sin que el conductor cuente con la licencia de manejo necesaria y obligatoria para poder hacerlo, la cosa se pone más complicada.

En pocas palabras, no existe una excepción legal para menores de edad que quieran manejar un automóvil sin permiso de conducir, incluso ante situaciones de emergencia.

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El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en el apartado Título Quinto de la Regulación, Inspección y Vigilancia, en su Capítulo 1, de los requisitos legales para la conducción de vehículos, Artículo 44. I, inciso a), señala que: “Cuando sean menores de edad, portar permiso para conducir automóviles. Las motocicletas no podrán ser conducidas por menores de edad”.

El inciso b) agrega: “Cuando sean mayores de edad, portar licencia vigente en formato físico o digital, correspondiente al tipo de vehículo. Tratándose de motociclistas deberán portar la licencia tipo A1, A2, o A permanente, expedida durante el periodo del 31 de diciembre de 2003, hasta el 31 de diciembre de 2007, disposición que no es aplicable para la licencia permanente Tipo A, expedida a partir del 16 de noviembre de 2024, ya que ésta no avala la conducción de motocicletas”.

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Ante ello, la ley advierte: “El incumplimiento de las obligaciones señaladas en los incisos a) y b) de la presente disposición, se sancionará con una multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente, sin menoscabo de lo estipulado por la Ley y su reglamento respectivo”.

Lo anterior se traduce en un monto de 1,173, 1,759 y 2,356 pesos, respectivamente. A partir de lo anterior, no está estipulado que un menor de edad pueda operar un vehículo motorizado sin permiso bajo ninguna circunstancia, por lo que esta actividad es bajo riesgo del menor y de sus padres o tutores, quienes legalmente son sus responsables. Ante ello, lo mejor es recurrir al servicio de taxis por aplicación.

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Del mismo modo que la licencia, el permiso de conducir se otorga para manejar vehículos motorizados de uso particular sobre la vía pública, pero específicamente a menores de edad. Para tramitarlo, además de la documentación correspondiente, se debe contar con la autorización y en algunos casos la presencia de los padres o tutores.

Para la Ciudad de México, y al ser menor de edad, se debe tramitar el permiso de conducir para menores de edad tipo "P". Para obtenerlo por primera vez, se requiere tener 16 años, pagar tu línea de captura y generar tu cita en algunos de los Módulos de Control Vehicular y Licencias. Lleva contigo los documentos necesarios y asiste puntual a tu cita. El costo es de 508 pesos. Conoce todos los requisitos aquí.

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