Si utilizas un patín eléctrico, bicicleta eléctrica, monociclo o cualquier otro vehículo eléctrico de transporte personal, toma nota, porque el Congreso de la Ciudad de México anunció una reforma que cambiará la forma en que estos vehículos circulan en la vialidades de la capital.
A partir de la modificación a la Ley de Movilidad, quienes conduzcan scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos deberán portar licencia de manejo y documentación obligatoria.
La propuesta, impulsada por la jefa de gobierno, Clara Brugada, recibió seis votos a favor y una abstención en la Comisión de Movilidad Sustentable y Seguridad Vial.

Para ello se creó una nueva categoría denominada Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (Vemepe), que incluye modelos con acelerador independiente, dos o más ruedas y cuya velocidad máxima sea superior a 25 km/h.
Con esta definición, se pretende cerrar vacíos legales que han impedido regular su circulación, a pesar de que muchos de estos vehículos alcanzan velocidades comparables a las de una motocicleta ligera. El ajuste también permitirá clasificarlos en tipo A, con peso menor a 35 kilos, y tipo B, con peso mayor a 35 y hasta 350 kilos.
De acuerdo con el presidente de la comisión, Miguel Ángel Macedo Escartín, el objetivo de esta medida es armonizar la legislación local con la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, y atender el incremento del uso de estos vehículos en calles y ciclovías.

La reforma busca establecer límites claros de velocidad, condiciones mínimas de operación y requisitos para quienes los conducen. Además, obligará a la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) a replantear el diseño de espacios para peatones, ciclistas y usuarios de movilidad personal.
Hasta ahora, el Reglamento de Tránsito capitalino no contemplaba su categoría con precisión, lo que impedía exigir licencias o establecer sanciones específicas. El documento aprobado también marca un plazo de 360 días, contados desde la entrada en vigor del decreto, para que la jefatura de gobierno realice las adecuaciones necesarias al Reglamento de la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito. Esto significa que, aunque la reforma ya está encaminada, su aplicación concreta llegará después de que se definan los detalles técnicos y administrativos.
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