Micas reflectantes, portaplacas que oscurecen, stickers. En el mercado se ofrecen diferentes productos para tapar la matrícula de las placas de los autos, pero la ley es clara: hacerlo implica infracciones de tránsito que son penalizadas con multas, y en algunos estados, corralón.
En tianguis, negocios y hasta por redes sociales se ofrecen productos para ‘esconder’ las placas. La razón para intentar hacerlo es evitar que los coches puedan ser identificados por las cámaras de fotomultas o fotocívicas de las ciudades, sobre todo para quienes conducen por arriba del límite de velocidad y reciben infracciones por esta causa a menudo.
Tan solo de enero a junio de este año, la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México emitió casi 1.3 millones de fotocívicas, de las que conducir a exceso de velocidad fue la causa más común, casi 1.2 millones del total.
Infracciones por obstruir las placas del coche
Obstruir de cualquier manera la visibilidad de la matrícula es una violación al Reglamento de Tránsito tanto de la Ciudad de México como de cualquier otro estado en el país. Incurrir en esta falta amerita penalizaciones que pueden salir mucho más caras que la sanción por ir a exceso de velocidad, dependiendo el estado.
Por ejemplo, en la capital del país, está prohibida la instalación de luces de león, portaplacas o micas que obstruyan la visibilidad de información de las placas.
“El incumplimiento de las obligaciones señaladas en la presente disposición se sancionará con multa equivalente a 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente”, se lee en el Artículo 43, fracción III del reglamento.
El equivalente tope de la multa este 2024 por esta razón es de 2171.4 pesos, o 20 UMAS. Esto es de hecho la misma cantidad que se pagaría por una multa máxima de exceso de velocidad en la CDMX, con la diferencia de que quienes deciden ocultar sus placas están en riesgo de ser detenidos en cualquier momento, y no solo cuando vayan arriba del límite de velocidad.
En Jalisco, el congreso modificó en 2022 la Ley de Movilidad y Transporte local para que además de multa, los autos detectados con placas alteradas u obstruidas sean enviados al corralón para retirarlos de circulación. Está establecido en la fracción 1 del Artículo 169.
En Puebla, alterar las placas amerita una multa de 4 días de salario mínimo, y 2 días por colocar cualquier objeto que impida ver con claridad sus características.
En resumen, no es buena idea, pese a que parezca que cada vez más conductores en las ciudades deciden ignorar la ley al respecto.