Es muy probable que, cuando dejas tu coche en algún estacionamiento público, sobre todo en los que cuentan con servicio de valet, hayas notado un letrero en el que se señala que la operadora de dicho establecimiento no se hace responsable por daños o robos parciales o totales del auto dejado en resguardo. El problema viene cuando regresas a recoger tu vehículo y resulta que ya tiene un recargón o un nuevo rayón, por el cual el estacionamiento no se hará responsable, pues desde un inicio se te advirtió de ello.
La buena noticia es que eso podría cambiar muy pronto. Resulta que el Congreso de la Ciudad de México solicitó a las 16 alcaldías, a la Secretaría de Movilidad y al Instituto de Verificación Administrativa realizar acciones para supervisar que los estacionamientos públicos cumplan con la obligación de contar con seguros vigentes que amparen a los usuarios frente a daños, robo total o parcial de los vehículos bajo su resguardo.

También se solicitó que, en caso de detectarse incumplimientos, se apliquen las sanciones administrativas correspondientes, esto para garantizar el respeto a los derechos de los consumidores y la adecuada prestación de dicho servicio.
Aún hay mas. A lo anterior se agregó la petición a las instituciones citadas efectuar campañas informativas que den a conocer la fracción IV del artículo 48 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México, respecto a la obligación de los estacionamientos de contar con seguros que salvaguarden los bienes de sus usuarios.
Recordemos que la Ley de Establecimientos Mercantiles local y el reglamento específico correspondiente, indican los lineamientos técnicos y administrativos para la operación de estacionamientos públicos, estableciendo que deben contar con espacios para personas con discapacidad e instalaciones para bicicletas y motocicletas.

En dicha ley también se indica que los estacionamientos públicos están obligados a contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil o fianza, la cual garantice el pago de daños que pudieran sufrir tanto usuarios como sus vehículos, sin embargo, en la mayoría de los estacionamientos existen letreros que indican que la administración no se responsabiliza por robo total o parcial, esto como una estrategia para eludir responsabilidades legales, confiando en que la mayoría de las usuarios no conocen sus derechos ni la legislación vigente.
Se estima que al menos 6 de cada 7 estacionamientos no cumplen adecuadamente con las normativas, operando sin licencia o sin las medidas de seguridad requeridas, como el seguro obligatorio.
Por otro lado, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), también subraya que los titulares u operadores de los estacionamientos públicos tienen la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil o fianza, que garantice a los usuarios el pago de los daños que pudieran sufrir en su persona, vehículo, o en la de terceros hasta por 9000 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente por vehículo, es decir, alrededor de 645 mil pesos. Bajo la siguiente modalidad:
Autoservicio. Responsabilidad por robo total, robo y daño parcial del vehículo, e incendio del inmueble donde se depositó el vehículo, cuando éste sea atribuible al titular u operador.
Acomodadores de vehículos o Valet Parking. Responsabilidad por robo total, robo y daño parcial, robo o daño de accesorios mostrados a la entrega del vehículo, e incendio del inmueble donde se depositó el vehículo, cuando éste sea atribuible al titular u operador.

En el boleto que entregue el estacionamiento al usuario, deberán estar contemplados los siguientes datos:
- Nombre o razón social y domicilio del prestador del servicio de estacionamiento.
- Clave del Registro Federal de Contribuyentes.
- Los números telefónicos para reportar quejas.
- La clasificación del estacionamiento y, de acuerdo con ello, la tarifa aplicable.
- Número de boleto.
- Forma en la que se responderá por los daños que hayan sufrido los vehículos durante el tiempo de guarda.
- Espacio para asentar la hora de entrada.
- Espacio para apuntar la hora de salida.
- Espacio para anotar el número de placa.
Recuerda que para hacer uso de estos seguros, es importante conservar el recibo o en su caso el boleto expedido, ya que será indispensable su presentación para que se pueda realizar cualquier reclamación al respecto, además de la documentación que la aseguradora solicite.
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