Reparar autos en la calle es ilegal en CDMX y te pueden arrestar. Sólo está permitido con una condición

Taller 1

Pablo Monroy

Una cosa es que el coche se te descomponga a medio camino y tengas que quedarte varado en la calle a esperar una grúa, o que de plano que un mecánico lo repare en el mismo sitio o que tú mismo lo hagas cuando tienes los conocimientos y otra cosa muy distinta es que tanto la banqueta como el arroyo vehicular se conviertan en una extensión de algún taller mecánico (de motos, coches o bicicletas), vulcanizadora, hojalatería, autolavado y un largo etcétera.

En nuestro país es muy común toparse con este tipo de escenarios y no hay que caminar mucho para descubrirlos. A los alrededores de mi casa puedo contar con facilidad al menos cuatro talleres que trabajan en la calle y tres espacios que históricamente han sido invadidos por hojalateros los cuales, además de ocupar banquetas y calles para trabajar, abarrotan los alrededores con vehículos estacionados que están en proceso de reparación.

Pero aunque no lo creas o no lo sepas, el reglamento de tránsito de la Ciudad de México, en su artículo 34, señala, entre otras prohibiciones, que “está prohibido efectuar reparaciones a vehículos en la vía pública, salvo en casos de emergencia”.

También señala que “los conductores que infrinjan la presente disposición serán sancionados con una multa equivalente a 1, 5 o 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (hasta 1,173 pesos) o seis a doce horas de arresto administrativo”.

Y no sólo es eso, pues en este tipo de establecimientos es común que encontremos sobre la banqueta bancos de trabajo, compresores y demás herramientas ocupando un espacio en la vía publica, así como restos de empaques de refacciones e incluso garrafas de aceite usado, concreto pintado o manchado de pintura o lubricantes.

En ese sentido, el reglamento capitalino indica en el mismo artículo 34, fracción III, que está prohibido “colocar, instalar, arrojar o abandonar objetos o residuos que puedan entorpecer la libre circulación de peatones y vehículos”.

En este caso la sanción implica “una multa equivalente a 21, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (2,463; 2,932 y 3,429 pesos, respectivamente) o arresto administrativo de 25 a 36 horas y el retiro de los elementos incorporados”.

Pero, como sucede en nuestro país, por mucho que exista la normativa o se de vida a más leyes, lo cierto es que simplemente no se hace valer, de ahí que las calles seguirán siendo utilizadas como talleres.

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