Cuándo una moto puede ir entre carriles y cuándo no en Ciudad de México

En las grandes junglas de asfalto, como la Ciudad de México, los ciclistas y los motociclistas se han convertido en “el negrito del arroz”, entre los miles de coches que circulan diariamente en la zona metropolitana.

No es un secreto que muchos automovilistas los ven como el enemigo a vencer, principalmente cuando los motociclistas no respetan los artículos del reglamento de tránsito que les atañe.

Es por ello que nos dimos a la tarea de repasar algunos de los puntos más importantes de este documento, particularmente aquel que nos dice cuándo sí y cuándo no un motociclista puede ir entre carriles.

Lo que no puedes hacer

El artículo 20 del nuevo reglamento de tránsito aclara que las personas que circulen a bordo de una motocicleta deben utilizar el carril completo de circulación, dicho de otra forma no pueden circular por la línea divisoria de carriles, sino por en medio del mismo, lo cual equivale a que usen un espacio en la línea de autos.

El documento afirma que los motociclistas solo podrán rebasar por el lado izquierdo. En caso de no cumplir con estas dos reglas podrán ser sancionados con una multa económica de cinco a 10 veces la unidad de cuenta vigente de la Ciudad de México así como un punto menos en tu licencia de conducir.

Sólo se les permite faltar a esta regla (circular entre carriles), cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y el motociclista busque colocarse en el área de espera para motocicletas o en un lugar visible para reiniciar la marcha, sin invadir pasos peatonales.

Tampoco se te olvide que…

Los motociclistas tienen prohibido circular sobre toda área reservada para los peatones, y ello incluye calles o parques, tampoco lo podrán hacer sobre los carriles exclusivos destinados para los ciclistas o confinados para el transporte público (léase Metrobús o Trolebús).

Si manejas una motocicleta cuyo cilindraje sea menor a los 250 cc no podrás ingresar a las vías de acceso controlado. También está prohibido para los motociclistas realizar maniobras temerarias o cambios abruptos de carril que pongan en riesgo su persona o la de terceros. Dicho de otra forma, no se te ocurra hacer “caballitos” en ningún lado.

Tampoco olvides que no puedes transportar a un menor de edad cuando él no puede sujetarse a sí mismo al vehículo o si no cuenta con al menos 12 años. También olvídate de las “motos sardina”, está terminantemente prohibido transportar más personas de las permitidas.

Tampoco está permitido llevar objetos o a una persona que se interpongan entre el manubrio y el conductor.

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